Circular OM 388-2020 apertura al público determinados comercios y servicios
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Buenos días,
Le enviamos una circular-resumen de la Orden Ministerial SND/388/2020 de apertura al público de determinados comercios y servicios desde la fecha 04-05-2020.
En este sentido, respecto a los trabajadores que se vayan reincorporando a la actividad y del mismo modo para los trabajadores que no han interrumpido su actividad, les comunicamos que en el escenario actual ante la exposición a la transmisión del coronavirus SARS-CoV-2, corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición en que se pueden encontrar las personas trabajadoras en cada una de la tareas diferenciadas que realizan y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.
Por este motivo, la empresa debe ponerse en contacto con su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, para le que forme, informe y documente sobre la acciones preventivas que debe tomar la empresa sobre:
- Carácter Organizativo
- Protección Individual
- Trabajadores especialmente sensibles
- El servicio sanitario del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales debe evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección. El Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables para COVID-19 las personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencia, cáncer en fase de tratamiento activo, embarazo y mayores de 60 años.
Saludos